Revisiones Anuales

Descripción

 

Según indica el actual Reglamento de Aparatos a Presión (Español) (Real Decreto 1244/1979, de 4 de Abril de 1979), en su Instrucción Técnica Complementaria ITC MIE-AP1 relativa a calderas, economizadores, precalentadores, sobrecalentadores y recalentadores en su artículo 6 – «los usuarios deberán hacer examinar sus aparatos una vez, al menos, cada año, y harán constar los resultados de estas inspecciones en el libro registro respectivo».

H.G. SERVITEC, S.A. hacer estas revisiones anuales. La mejor forma de hacerlo es a través de un contrato de mantenimiento programado. Para ello: Definimos las operaciones y número de visitas previstas en base a sus necesidades y le realizamos un contrato de mantenimiento a medida.